Son muchas las cuestiones realizadas por nuestros clientes sobre la pluriactividad de los autónomos, de esta forma hemos decidido redactar esta entrada para responder de una manera clara y sencilla sus dudas.
Lo primero que hay que destacar es que entendemos por pluriactividad. Por pluriactividad se entiende al situación de las personas que teniendo un contrato de trabajo por cuenta ajena, deciden darse de alta como autónomos.
Sí, es completamente legal, igual que lo es el pluriempleo, dos o más empleos por cuenta ajena.
Además si se da de alta en autónomos por primera vez la Ley de Emprendedores tiene interesantes bonificaciones, ya que durante los primeros dieciocho meses, los autónomos en situación de pluriactividad pueden reducir su base de cotización hasta el 50%, con lo que quedaría en 442,2 euros. En los siguientes dieciocho meses la reducción puede llegar hasta el 75%. Es decir, sería de 663,3 euros. Sin embargo la pluriactividad es incompatible con la tarifa plana de 50 euros.
También los trabajadores en situación de pluriactividad tienen derecho a dos pensiones, siempre y cuando hayan cumplido con los requisitos establecidos en cada uno de los regímenes.
Para más información sobre la pluriactividad o cualquier otro tema no dude en contactar con nosotros.
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